Estimadas familias:

De acuerdo con la legislación vigente, el Real Decreto 82/1996, de 26 de enero (BOE de 20 de febrero) y la Orden del 28 de febrero de 1996, el lunes, 23 de noviembre de 2020 se celebrarán las elecciones (sector familias) para la renovación parcial del Consejo Escolar del Centro.

Mediante esta circular, pretendemos informaros de las disposiciones relativas a estas elecciones.

¿QUÉ ES EL CONSEJO ESCOLAR?

El Consejo Escolar es un Órgano de Gobierno del colegio cuyas competencias regula la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE) en su art. 127.

¿PARA QUÉ SIRVE EL CONSEJO ESCOLAR?

El Consejo Escolar tiene las siguientes competencias:

A. Aprobar y evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la LOMCE.

B. Aprobar y evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente.

C. Conocer las candidaturas a la Dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

D. Participar en la selección del Director del centro en los términos que la presente Ley establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del Equipo Directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.

E. Decidir sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.

F. Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el Director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

G. Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

H. Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.

I. Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

J. Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

K. Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.

L. Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

¿QUIÉNES COMPONEN EL CONSEJO ESCOLAR?

  • La Directora del centro, quien será su presidente.
  • La Jefa de Estudios.
  • Cinco maestros elegidos por el Claustro de Profesores.
  • Cinco representantes de las familias de los alumnos.
  • Un representante del personal de Administración y Servicios.
  • Un concejal o representante del Ayuntamiento de Madrid.
  • El Secretario del Centro, que actuará como Secretario del Consejo, con voz, pero sin voto.

¿CUÁNTOS CONSEJEROS HAY QUE ELEGIR?

Tal y como os hemos indicado anteriormente, la representación de las familias en el Consejo Escolar del centro la componen cinco consejeros, de los cuales, este año renuevan tres. Uno de los consejeros es elegido directamente por el AMPA para su representación y los otros dos representantes son elegidos por las familias. De ahí que cada votante pueda dar su voto a un máximo de 2 candidatos.

¿QUIÉNES VOTAN? ¿QUIÉNES SON LOS CANDIDATOS?

Votantes

Todos los padres/madres/representantes legales del alumnado del centro pueden votar. Para poder votar es necesario estar en el censo electoral del centro (expuesto en el tablón de anuncios de la plataforma ROBLE, del 28 de octubre al 3 de noviembre).

Acceso al censo electoral: App Roble – seleccionar alumno – tablón de anuncios – renovación del Consejo Escolar – censo electoral de familias.

En este documento aparecerán por orden alfabético las iniciales de los apellidos y del nombre de cada padre/madre/representante legal, así como los cuatro últimos dígitos del DNI y su letra.

Os ponemos un ejemplo:

Carlos Peñalara Raíces con DNI 00001111A aparecerá en el censo como:

PE R,C…………………………………………………………………………………………..………………….1111B

Presentación de candidaturas

Todos los padres/madres/representantes legales del alumnado del centro pueden resultar candidatos, siempre que hayan presentado la correspondiente candidatura (impreso disponible a través de este ENLACE) del 5 al 9 de noviembre de 2020 a través del correo cp.rosaluxemburgo.madrid@educa.madrid.org

¿CÓMO, CUÁNDO Y DÓNDE SE VOTA?

La mesa electoral estará formada por la Directora del centro y por los padres/madres/representantes legales salientes del actual Consejo Escolar y actuará de Secretario/a el padre/madre/representante legal de menor edad.

Durante la votación, podrá haber padres/madres/representantes legales de alumnos que actúen como supervisores, siempre que sean propuestos por la AMPA o tengan el aval de 10 padres/madres/representantes legales (mediante firmas).

Se podrá votar por correo, siempre que las cartas, que no precisan franqueo y pueden ser introducidas directamente en el buzón del colegio o AMPA, lleguen a la Mesa Electoral antes de efectuar el escrutinio, garantizándose el secreto del voto y la identificación del elector. ANTE LA SITUACIÓN EN LA QUE NOS ENCONTRAMOS, os recomendamos que votéis por correo.

Procedimiento del voto por correo: La papeleta se introducirá en un sobre que, una vez cerrado y junto con la fotocopia del DNI, se meterá dentro de otro sobre que será introducido en el buzón del colegio o del AMPA:

Papeleta dentro de un sobre pequeño + fotocopia del DNI se introduce dentro de otro sobre y se introduce en el buzón.

Una vez que se haya publicado el listado definitivo de candidatos, os enviaremos la papeleta por email/Raíces para que podáis imprimirla, seleccionar vuestros dos candidatos y realizar el procedimiento arriba indicado.

Procedimiento del voto presencial: 23 de noviembre de 15:30 a 16:30h. Siempre que el tiempo lo permita, se realizará en la pérgola de la entrada principal del colegio.

A continuación, os detallamos el calendario de actuaciones.

Gracias por vuestra colaboración.

 

CALENDARIO DE ACTUACIONES DE LAS ELECCIONES AL CONSEJO ESCOLAR 2020

FECHA ACTUACIONES
26 de octubre Sorteo de los componentes de la Junta Electoral.

Elaboración del censo electoral.

28 de octubre Constitución de la Junta Electoral.
28 de octubre Aprobación del censo electoral.

Publicación provisional del censo electoral. Consultar en el tablón de anuncios de ROBLE.

29 de octubre al 2 de noviembre Plazo de reclamaciones al censo electoral.
3 de noviembre Publicación definitiva del censo electoral.
Del 5 al 9 de noviembre Presentación de las candidaturas a través del email: cp.rosaluxemburgo.madrid@educa.madrid.org
10 de noviembre Publicación provisional de la lista de candidatos.
11 y 12 de

noviembre

Periodo de reclamaciones a la lista de candidatos.
13 de noviembre Publicación definitiva de la lista de candidatos.

Constitución de la mesa electoral de familias de alumnos.

23 de noviembre Horario de celebración de las elecciones:

Por correo en el buzón del colegio o AMPA. (entrada principal).

Presencialmente, de 15:30 a 16:30h en la entrada principal del centro.

24 de noviembre Proclamación de candidatos electos y suplentes.
26 de noviembre Constitución del Consejo Escolar.